PRESIDENCIA DE LA COMISIÓN ORGANIZADORA

Funciones

de la presidencia de la comisión organizadora

Son funciones del presidente:

a) Ejercer la representación legal de la universidad y de la Comisión Organizadora.

b) Aprobar el presupuesto general de la universidad, el Plan Anual de Contrataciones, autorizar los actos y contratos que atañen a la universidad y resolver todo lo pertinente a su economia y finanzas.

c) Convocar y presidir las reuniones de la Comisión Organizadora.

d) Emitir resoluciones en los ámbitos de su competencia.

e) Velar por el cumplimiento de los acuerdos de la Comisión Organizadora.

f) Dirigir la actividad académica y investigación de la universidad y la gestión administrativa, económica y financiera.

g) Refrendar los diplomas de grados academicos y titulos profecionales, asi como las distinciones universitarias conferidaspor la Comicion Organizada.

h) Velar por el cumplimiento de los instrumentos de planeamiento y presupuesto de la universidad.

i) Suscribir contratos, actos y convenios a nombre de la universidad.

j) Asegurar la transparencia y acceso a la información sobre la gestión de la universidad.

k) Velar por el cumplimiento estricto a la exigencia de los sistemas administrativos y funciones, de acuerdo con la normativa vigente.

l) Asumir de manera temporal las funciones del Vicepresidente Académico o Vicepresidente de Investigación en caso de licencia, ausencia, vacancia o impedimento.

m) Otras que, en el ámbito de su competencia, le asigne el Minedu o aquellas que correspondan al Titular del Pliego en el marco de la normatividad vigente.

El Presidente de la Comisión Organizadora es designado mediante Resolución Viceministerial del despacho Viceministerial de Gestión Pedagógica del Minedu y ejerce la titularidad del pliego presupuestal.